SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1021/2004-R
Fecha: 02-Jul-2004
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente (empresa “Atlantis Investments Group S.A.) afirma que se le han vulnerado los derechos a la seguridad jurídica, juez natural, tutela judicial efectiva y acceso a la justicia puesto que como emergencia de los contratos de préstamo suscrito entre el Banco Sabadell S.A. e “Inversiones Grupo Multimedia de Comunicaciones” e “Inversiones en Radiodifusión S.A.”, que fueron afianzados por “PRISA”, la empresa representada (recurrente) le entregó a ésta -dice- como contragarantía acciones de propiedad en las sociedades comerciales prestatarias según documentos suscritos en Madrid (España), títulos valores que fueron ejecutados por un monto de $US5.687.500.-, por lo que a objeto de repetir lo pagado, interpuso demanda ejecutiva contra “Inversiones Grupo Multimedia de Comunicaciones” e “Inversiones en Radiodifusión S.A.”, empero, la parte ejecutada opuso excepción de falta de competencia que la jueza recurrida la declaró probada, resolución que fue confirmada en apelación por los vocales co-recurridos. Corresponde, por consiguiente, determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades o personas recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Designar, apoderados generales y/o especiales a personas naturales o jurídicas incluyendo al Presidente y al Director Secretario el otorgamiento de Poderes correspondientes”
- debe constar en un libro de actas, debiendo ser suscritas necesariamente por el presidente, secretario y vocales designados por la junta
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- REVOCAR