SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0104/2004
Fecha: 13-Sep-2004
III.1.1.
III.1.1. El Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) fue creado por la Ley 1600 de 28 de octubre de 1994 con el objeto de regular ciertas actividades privadas; con relación al papel de regulación que el Estado ejerce a través del SIRESE, este Tribunal Constitucional, en su SC 0071/2004-R de 16 de julio, ha sostenido lo siguiente: “se entiende por regulación la serie de instrumentos mediante los cuales, los gobiernos, establecen requerimientos sobre la libre actividad de las empresas y de los ciudadanos. En ese sentido, las regulaciones son limitaciones impuestas a la libertad de los ciudadanos y de las empresas por presumibles razones de interés público. Las regulaciones, así entendidas, se expresan tanto en leyes como en reglamentos y órdenes o actos administrativos producidos en los diferentes niveles de gobierno o en las organizaciones no gubernamentales o autoreguladas que tengan poderes reguladores delegados. Se clasifican en tres categorías:
“1º Regulaciones Económicas, con las que se interviene directamente en decisiones de mercado, a través de decisiones orientadas a regular la fijación de precios, la competencia, la entrada o salida en los mercados. La reforma reguladora trata en este sector de incrementar la eficiencia económica mediante la reducción de barreras a la competencia y a la innovación, a menudo mediante la desregulación y el uso de regulaciones proveedoras de eficiencia, y mediante el mejoramiento de los marcos reguladores para el funcionamiento y la supervisión prudente de los mercados.
“2º Regulaciones Sociales, con las que se intenta proteger bienes públicos como salud, la seguridad, el medio ambiente y la cohesión social. Los efectos económicos de las regulaciones sociales pueden ser preocupaciones secundarias o inesperadas, pero pueden ser substanciales. La reforma reguladora trata aquí de verificar su genuina necesidad y de diseñar los instrumentos reguladores y otros que resulten más flexibles, simples y más efectivos al menor costo.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Admisión y citaciones
- (fs. 156)
- a)
- (fs. 239 a 240)
- Fragmento 8
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1.
- son las formalidades administrativas mediante las que los gobiernos recogen información e intervienen en las decisiones económicas, individuales.
- f)
- III.1.2.
- que cumple la función de Regulación de las actividades de la industria Eléctrica
- Intervenir las Empresas Eléctricas
- Empresa Eléctrica.
- III.1.4.
- III.2.
- para su intervención previos los informes técnicos
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- INFUNDADO