Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0104/2004
Fecha: 13-Sep-2004
INFUNDADO
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 120.6ª de la CPE; arts. 7 incs. 6) y 79 y ss. de la LTC resuelve declarar INFUNDADO el recurso directo de nulidad interpuesto por Wilfredo Cortéz Franco, Antonio Callau Allorto y Roger Guiteras Callau, Presidente, Secretario y Tesorero de la Cooperativa de Servicios Eléctricos MANIQUI Ltda., respectivamente, con costas y multa de Bs200.-, que deberá ser depositada a la orden del Tesoro Judicial dentro de tercero día de su legal notificación con el presente fallo, debiendo hacer llegar el comprobante de pago original a este Tribunal.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Admisión y citaciones
- (fs. 156)
- a)
- (fs. 239 a 240)
- Fragmento 8
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1.
- son las formalidades administrativas mediante las que los gobiernos recogen información e intervienen en las decisiones económicas, individuales.
- f)
- III.1.2.
- que cumple la función de Regulación de las actividades de la industria Eléctrica
- Intervenir las Empresas Eléctricas
- Empresa Eléctrica.
- III.1.4.
- III.2.
- para su intervención previos los informes técnicos
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- INFUNDADO