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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1519/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1519/2004-R

    Fecha: 21-Sep-2004

    II.4.

    II.4. Mediante Resolución 010/2003, de 5 de mayo (fs. 196) se tuvo por formalizada  la  denuncia  contra  el recurrente y en sujeción al art. 91 del  CEM se dispuso la apertura del proceso correspondiente, advirtiendo al denunciado que desde su notificación tenía el plazo de quince días hábiles para su contestación.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • a)
    • i)
    • 1)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • el mismo Tribunal Departamental anuló obrados hasta la Resolución 001/2003 de 25 de febrero, inclusive
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • Las sentencias y las resoluciones de segunda instancia, contendrán las siguientes partes: 1. Relación de los hechos denunciados y las pruebas de cargo. 2. Relación de las pruebas de descargo. 3. Consideraciones en conclusiones. 4. Parte resolutiva.
    • III.4
    • III.5.
    • III.6.
    • 1442/2002-R,
    • APROBAR

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