Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1519/2004-R
Fecha: 21-Sep-2004
II.8.
II.8. De acuerdo a la información cursante en Gestión Procesal de este Tribunal, se tiene que el actor interpuso un recurso de hábeas corpus el 26 de junio de 2003, identificado con el expediente 2003-06992-14-RHC contra el Tribunal Departamental de Ética Médica de Oruro, que mereció la SC 1163/2003-R, de 19 de agosto, aprobando la improcedencia del recurso con el fundamento de que la libertad personal del recurrente no fue afectada dentro del proceso disciplinario que se le seguía “(...) ya que las sanciones que se imponen en estos procesos son de índole disciplinario y administrativo y en ningún caso de privación de libertad.” (sic.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- el mismo Tribunal Departamental anuló obrados hasta la Resolución 001/2003 de 25 de febrero, inclusive
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- Las sentencias y las resoluciones de segunda instancia, contendrán las siguientes partes: 1. Relación de los hechos denunciados y las pruebas de cargo. 2. Relación de las pruebas de descargo. 3. Consideraciones en conclusiones. 4. Parte resolutiva.
- III.4
- III.5.
- III.6.
- 1442/2002-R,
- APROBAR