SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1519/2004-R
Fecha: 21-Sep-2004
procedente
La Resolución 8/2004 cursante a fs. 348 a 351, pronunciada el 6 de julio de 2004 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declaró procedente el recurso, determinando la nulidad del Auto de Vista 6/2003 de 4 de diciembre y de la Sentencia 1/2003, de 5 de agosto emitidos dentro del proceso disciplinario administrativo seguido contra el actor y disponiendo que el Tribunal de instancia emita nueva sentencia dentro de los plazos legales que establece el Código de ética médica, cumpliendo y salvando los defectos anotados en este pronunciamiento; asimismo el Tribunal de Honor deberá observar las normativas pertinentes para expedir conforme a derecho el Auto de Vista que corresponda, con costas y responsabilidad civil; con los siguientes fundamentos: a) la Sentencia dictada dentro del proceso disciplinario administrativo no cumple todos los requisitos previstos por el art. 126 del CEM y se ha pronunciado de manera extra petita; b) el Auto de Vista que confirmó dicha Sentencia ampliando la sanción, fue emitido sin mayor sustentación jurídico legal, contraviniendo el art. 400 del CPP en su primera parte que contiene el principio “reformatio in peius” o reforma en perjuicio.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- el mismo Tribunal Departamental anuló obrados hasta la Resolución 001/2003 de 25 de febrero, inclusive
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- Las sentencias y las resoluciones de segunda instancia, contendrán las siguientes partes: 1. Relación de los hechos denunciados y las pruebas de cargo. 2. Relación de las pruebas de descargo. 3. Consideraciones en conclusiones. 4. Parte resolutiva.
- III.4
- III.5.
- III.6.
- 1442/2002-R,
- APROBAR