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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1472/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1472/2005-R

    Fecha: 22-Nov-2005

    2º

    2º Disponer la nulidad de obrados, hasta el estado de proceder a la legal notificación del representado del actor, con la Sentencia de 28 de agosto de 2003, a objeto de que asuma su defensa o de su abogado defensor de oficio, en caso de que aquel no se presente en el proceso a asumir su defensa. Sin responsabilidad de las autoridades recurridas, por ser excusable.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1.
    • Fragmento 6
    • procedente en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • III.1.
    • a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • III.5.
    • III.6.
    • 2º

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