Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1472/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
II.6.
II.6. En la audiencia preliminar de conciliación realizada el 15 de agosto de 2003 (fs. 38), el defensor de oficio no estuvo presente, por cuanto no fue citado para el efecto; empero, en la audiencia complementaria realizada el 26 de agosto de 2003, sin embargo de estar presente, no objetó ninguna de las pruebas presentadas (fs. 41).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- Fragmento 6
- procedente en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1.
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- 2º