Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1472/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
I.2.1.
El recurrente, a través de su abogada ratificó los fundamentos del recurso y los amplió alegando que el 10 de octubre de 2005, la demandante del proceso principal, mediante argucias, hizo que se ejecute el mandamiento de apremio librado en su contra y lo detengan en el penal de “San Antonio”; momento en que recién se enteró de la demanda de asistencia familiar y que la misma se le habría notificado por edictos, siendo que la demandante conocía su domicilio en la av. Villazón km 10 zona Sacaba.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- Fragmento 6
- procedente en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1.
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- 2º