Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1552/2005-R
Fecha: 01-Dic-2005
"Conformar
Por otra parte, el art. 21 del DS 25273 de 8 de enero de 1999, establece como función de la Junta Distrital en su numeral 1: "Conformar, en coordinación con el Director Distrital, el Tribunal Disciplinario que conocerá las denuncias que se formulen contra asesores ..., directores de núcleo, de unidad educativa .... El Tribunal Disciplinario será presidido por el Director Distrital e integrado por dos padres de familia...".
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1.
- los directores de unidad educativa o de núcleo
- instaure proceso administrativo
- "Conformar
- la composición del Tribunal Disciplinario
- III.3.
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.4.
- III.4.1.
- III.4.2.
- III.5.
- III.6.
- III.6.1.
- Fragmento 31
- fundamento
- III.6.2.
- APROBAR