SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1552/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1552/2005-R

Fecha: 01-Dic-2005

III.4.2.

III.4.2. Con relación al punto b) se tiene que si bien la actora por memorial de 31 de agosto de 2004 solicitó la excusa bajo alternativa de recusación del Presidente del Tribunal Disciplinario Distrital de Viacha; no es menos evidente, que una vez dictado el proveído de 1 de septiembre de 2004 en sentido de que previamente se demuestre por los medios permitidos por Ley, los extremos de su petitorio; la recurrente, en lugar de adjuntar la prueba necesaria que respalde su solicitud de excusa o en su caso de recusación, a efectos de que se viabilice su trámite, dejó transcurrir el tiempo hasta que el Tribunal Disciplinario Distrital de Viacha, presidido por Rodolfo Paz Villalba quien -a decir de la actora estaba conformando ilegalmente dicho tribunal al encontrarse en una de las causales de excusa- pronunció el Auto Final del Proceso Administrativo 003/04 de 18 de octubre en su contra; sin que tampoco se advierta que dicho extremo hubiera sido reclamado en el recurso de apelación que interpuso contra dicho Auto; pretendiendo subsanar su negligencia, denunciando este aspecto directamente a través de esta acción tutelar, situación que impide a este Tribunal a ingresar a un análisis valorativo sobre este aspecto.