SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1552/2005-R
Fecha: 01-Dic-2005
III.3.2.
III.3.2. De otro lado, se evidencia que la Resolución 013/2004 de 30 de noviembre de 2004, dictada por el Director Departamental del SEDUCA a.i. al ratificar la Resolución 003/04 de 18 de octubre de 2004, por la cual se sancionó a la recurrente determinando su descenso a un cargo inferior, lo hizo en forma suficientemente motivada, por cuanto expuso las razones que sustentaban su determinación de confirmar la Resolución apelada y los fundamentos que llevaron a concluir la inexistencia de los agravios denunciados por la recurrente; en cuyo mérito, no se advierte lesión alguna al derecho de todo procesado a una resolución motivada. Así las SSCC 752/2002-R, 1369/2001-R, entre otras, estableciendo el alcance y sentido de este derecho como componente esencial de la garantía del debido proceso, señalaron que “(...)el derecho al debido proceso, entre su ámbito de presupuestos exige que toda Resolución sea debidamente fundamentada. Es decir, que cada autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma. Que, consecuentemente cuando un Juez omite la motivación de una Resolución, no sólo suprime una parte estructural de la misma, sino también en los hechos toma una decisión de hecho no de derecho que vulnera de manera flagrante el citado derecho que permite a las partes conocer cuáles son las razones para que se declare en tal o cual sentido; o lo que es lo mismo cuál es la ratio decidendi que llevó al Juez a tomar la decisión”.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1.
- los directores de unidad educativa o de núcleo
- instaure proceso administrativo
- "Conformar
- la composición del Tribunal Disciplinario
- III.3.
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.4.
- III.4.1.
- III.4.2.
- III.5.
- III.6.
- III.6.1.
- Fragmento 31
- fundamento
- III.6.2.
- APROBAR