SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1615/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1615/2005-R

Fecha: 09-Dic-2005

II.1.

II.1.    Por Sentencia de 10 de diciembre de 2001 (fs. 66-70), dentro del proceso ordinario de devolución de garantías y anulabilidad de escrituras, la Jueza recurrida declaró probada en parte la demanda interpuesta por el representado del actor, declarando la anulabilidad de la escritura pública 108/97 de 28 de mayo de 1997 y probada en parte la reconvención en cuanto a la obligación del vendedor de entregar la cosa vendida respecto a las transferencias efectuadas mediante escrituras públicas 46/97, de 25 de febrero de 1997, 4/97, de 7 de enero de 1997; 114/98, de 15 de abril de 1998 y 117/98 a favor de Saúl Miashiro Shiky, e improbadas las excepciones de improcedencia, ilegalidad, falsedad, falta de causa, de acción y derecho en el demandante. Por Auto de Vista  027/02, de 14 de marzo  (fs. 71-72), dicha Sentencia fue confirmada  y mediante Auto Supremo 15 de 13 de septiembre de 2004 (fs. 73-74), se declaró infundado el recurso de casación interpuesto por el representado del actor.