SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2005
Fecha: 18-Feb-2005
I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Por AC 690/2004-CA, de 20 de diciembre, la Comisión de Admisión, regularizando procedimiento, dispuso que el presente recurso sea puesto a conocimiento de Eduardo Zegada Claure, Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales, como personero del órgano que generó la norma impugnada, a efecto de su apersonamiento y formulación de alegatos en el plazo de 15 días, disponiéndose para el efecto, la suspensión del plazo.
Practicada la notificación el 13 de enero de 2005 y transcurrido el plazo sin que dicha autoridad hubiera formulado alegatos, se reanudó el plazo el 9 de febrero de 2005, siendo la nueva fecha de vencimiento el 8 de marzo de 2005, estando en consecuencia la presente sentencia pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- I.1.2.2.
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- Para la concesión de facilidades de pago deberán exigirse las garantías que la Administración Tributaria establezca mediante norma reglamentaria con carácter general
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- CONSTITUCIONALIDAD