SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2005

Fecha: 18-Feb-2005

II.3.

II.3.  A través de los escritos de 23 de julio (fs. 157, 162, 169,175, 181, 186),  el personero de CORDILL S.A. solicitó a la directora Distrital GRACO- Cochabamba, deje sin efecto las conminatorias de pago efectuadas, arguyendo que el rechazo de la garantía ofrecida para acceder a un plan de pagos no fue fundamentada como exige la última parte del art. 55 del CTB, dando lugar a que por U.J.T. 121/2004 de 30 de julio (fs. 191 y 192), la Gerenta Distrital de GRACO, establezca que el procedimiento y medidas iniciadas se encuentran dentro del marco legal, siendo sus actos legítimos y que continuarían hasta la cobranza total de los adeudos tributarios.