Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0159/2005-R
Fecha: 23-Feb-2005
II.3.
II.3. El 8 de agosto de 2004 a horas 6:15 el recurrente fue detenido en la localidad de San Matías, luego conducido al centro de Rehabilitación “Santa Cruz” (fs. 374), hecho que el Juez comisionado puso en conocimiento de los ministros de la Corte Suprema de Justicia mediante nota 274/2004, de 13 de agosto (fs. 373).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Finalidad y modalidades protectivas del hábeas corpus
- exclusivamente la libertad física y el derecho de locomoción
- “
- tampoco supuestas irregularidades que impliquen procesamiento indebido que no hubieran sido reclamadas oportunamente
- procesamiento ilegal,
- a no ser
- Fragmento 24
- III.2.1.
- III.3.