SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0161/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0161/2005-R

Fecha: 23-Feb-2005

C) Tercer recurso - Expediente 2005-10845-22-RHC

Por memorial presentado el 17 de enero de 2005, cursante de fs. 10 a 11 vta., el recurrente asevera que el Tribunal Quinto de Sentencia dispuso su libertad provisional, determinando medidas sustitutivas a la detención, entre ellas la fianza económica de Bs100.000.-; Resolución contra la que tanto su persona como el representante del Ministerio Público interpusieron recurso de apelación, que fue resuelto por la Sala Penal Segunda en audiencia única que al considerar que no se valoró adecuadamente su capacidad económica redujo el monto de la fianza a Bs5000.- manteniendo las demás medidas sustitutivas e imponiendo una nueva como es la detención domiciliaria.  Ante tal incongruencia, su abogado solicitó aclaración argumentado que al mantenerse la fianza económica se aseguraba su permanencia y por ello no era necesaria la detención domiciliaria, sin embargo la medida fue ratificada.

Afirma que el art. 239.3 del CPP defiende al procesado del abuso que representa cualquier prolongación de la detención preventiva, brindando protección a la libertad de locomoción que se restringe con cualquier acto oficial o no que limite materialmente la capacidad de movimiento y disfrute de la individualidad al trasladarse de un lugar a otro. Si bien, los vocales recurridos resolvieron legalmente la cesación de su detención preventiva de manera incongruente le aplican otra forma de privación de libertad, bajo la eufemística figura de la detención domiciliaria, vulnerando flagrantemente su derecho a la libertad de locomoción.