SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2005-R

Fecha: 08-Abr-2005

"En aplicación del art. 36 Par.I) de la Ley de Municipalidades declara procedente la denuncia formulada contra el H. Roger Catalana Cuellar, determinando probado y demostrado el impedimento y la incompatibilidad para el ejercicio de sus funciones en el cargo de Concejal Municipal, previstas en el art. 25 y 26 de la misma Ley 2028, teniendo y considerándose a partir de la fecha, como renuncia tácita al cargo de concejal".

"En aplicación del art. 36 Par.I) de la Ley de Municipalidades declara procedente la denuncia formulada contra el H. Roger Catalana Cuellar, determinando probado y demostrado el impedimento y la incompatibilidad para el ejercicio de sus funciones en el cargo de Concejal Municipal, previstas en el art. 25 y 26 de la misma Ley 2028, teniendo y considerándose a partir de la fecha, como renuncia tácita al cargo de concejal".