SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2005-R

Fecha: 08-Abr-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El actor alega que las autoridades municipales recurridas lesionaron sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y a ejercer la función pública, por cuanto no se le notificó con la denuncia a efectos de que presente su excusa; por Resolución Municipal 046/2003 se designó a otra Concejala como miembro de la Comisión de Ética en forma ilegal; no existe un sumario interno administrativo instaurado conforme a ley, fue declarado rebelde y la Comisión de Ética modificó fallos irrevisables, además de no haber dado curso a la nulidad de obrados solicitada de su parte, menos a la revocatoria contra la misma; se dictó la Resolución Municipal 54/2003 en la que resuelven, sin competencia, el cese y suspensión definitiva de su condición de Concejal por incompatibilidad sobreviniente, infringiendo el art. 36 de la LM. En consecuencia corresponde analizar si en la especie se debe otorgar o no la tutela que brinda el recurso de amparo constitucional.