SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2005-R

Fecha: 08-Abr-2005

II.9.

II.9.   La Comisión de Ética presentó el 6 de septiembre de 2003, su informe final (fs. 111 a 114), en el que expresó haberse demostrado que el recurrente ejerce como Concejal Titular y a la vez es médico del RI-6 Campos, con grado de capitán, por lo que ha incurrido en incompatibilidad, lo que implica renuncia tácita a su cargo de concejal, correspondiendo el cese definitivo en esas funciones. De igual forma indicó que era pertinente la devolución de haberes por parte del recurrente, al haber realizado cobro indebido de sus sueldos de Concejal.