SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0455/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0455/2005-R

Fecha: 28-Abr-2005

Fragmento 4

Los recurrentes, a través de su abogado, ratificaron in extenso los términos de su recurso y ampliándolo manifestó que la interpretación de las normas del Código Tributario, conforme los preceptos del art. 8 de la mencionada compilación legal, no permiten la aplicación de la analogía para modificar normas existentes, por lo que mediante esta técnica, no se puede vulnerar lo dispuesto por lo previsto por el art. 4.3) del CTB, concordante con el art. 16 del DS 27350 respecto al cómputo de los plazos para interponer el recurso de alzada, aplicando normas civiles o laborales, pues existen normas expresas que regulan esos aspectos; y de no haberlas, lo pertinente es aplicar lo dispuesto por la Ley de Procedimiento Administrativo; en ese sentido, no se debió computar desde el día sábado el plazo para presentación  del recurso de alzada.