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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0455/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0455/2005-R

    Fecha: 28-Abr-2005

    III.5.

    III.5. Respecto a los recursos de revocatoria y jerárquico, previstos en las normas de los arts. 64 y 66 de la LPA, presentados por los recurrentes, impugnando los Autos de 6 y 12 de julio de 2004; se debe señalar que tales medios de impugnación no pueden ser aplicables al procedimiento administrativo tributario por las siguientes consideraciones jurídico legales:

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • Fragmento 4
    • procedente
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • Fragmento 12
    • Fragmento 13
    • III.3.
    • el que carece de fuerza de cosa juzgada material, toda vez que puede ser revisada en sede administrativa e impugnada ante la autoridad judicial
    • lo que no debe ni puede impedir al contribuyente someter al control jurisdiccional el acto administrativo revisado, es decir, no debe ni puede excluir la impugnación judicial; en consecuencia, en el marco de esa interpretación la norma no es incompatible con la Constitución en general,
    • en la medida en que los recursos de alzada y jerárquico constituyen vías de revisión en sede administrativa, sin excluir la impugnación judicial, está claro que no pretende sustituir a la autoridad judicial competente
    • III.4.
    • III.5.
    • 2º

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