SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0455/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0455/2005-R

Fecha: 28-Abr-2005

III.3.

III.3. Es necesario aclarar que los cuestionamientos al Código Tributario Boliviano, mediante la interposición de sucesivos recursos de inconstitucionalidad, han posibilitado que esta jurisdicción constitucional se pronuncié en forma expresa en lo referido a la naturaleza del procedimiento administrativo tributario y el proceso tributario, diferenciándolos sustancialmente, de tal manera que es deber del Estado respetar el derecho al acceso a cada uno de ellos, pues en una interpretación desde y acorde con la Constitución, se determinó que la vía administrativa no puede ni debe sustituir a la judicial, así en la SC  0009/2004, de 28 de enero, se expresó la siguiente doctrina jurisprudencial:

          “(...) la decisión asumida por el órgano administrativo presenta la forma jurídica de 'acto administrativo' que no es asimilable a una sentencia proferida por la autoridad judicial; pues el acto administrativo es impugnable a través de recursos en sede administrativa, como el revocatorio, jerárquico o reclamaciones, y revisable por la vía judicial a través de procesos contenciosos, de manera que la inmutabilidad de dichas decisiones es de carácter formal y no material.”.