Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0455/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
II.5.
II.5. Mediante memorial de 2 de agosto de 2004, los recurrentes, en uso del recurso jerárquico establecido por las normas previstas por el art. 66 de la LPA, impugnaron la decisión de 26 de julio de 2004 (fs. 108 a 110); y el 3 de agosto de 2004, el recurrido también lo rechazó, argumentando que el recurso jerárquico sólo corresponde ser interpuesto contra la resolución que resuelva el recurso de alzada (fs. 111).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- procedente
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.3.
- el que carece de fuerza de cosa juzgada material, toda vez que puede ser revisada en sede administrativa e impugnada ante la autoridad judicial
- lo que no debe ni puede impedir al contribuyente someter al control jurisdiccional el acto administrativo revisado, es decir, no debe ni puede excluir la impugnación judicial; en consecuencia, en el marco de esa interpretación la norma no es incompatible con la Constitución en general,
- en la medida en que los recursos de alzada y jerárquico constituyen vías de revisión en sede administrativa, sin excluir la impugnación judicial, está claro que no pretende sustituir a la autoridad judicial competente
- III.4.
- III.5.
- 2º