Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2005
Fecha: 17-Jun-2005
II.4.
II.4. El 6 de abril de 2005, por misiva P-BP.LP 566/04-05, el Presidente de la Brigada Parlamentaria de La Paz convocó nuevamente al Consejo de Administración de COTEL La Paz Ltda. a una audiencia informativa para el 11 de abril de 2005 (fs. 134); a lo que el Presidente del Consejo convocado intentó responder mediante nota PC.EXT/059/05, de 7 de abril de 2005, solicitando sea postergada, ya que era imposible su asistencia en la fecha señalada por llevarse a cabo un proceso de elecciones en la Cooperativa; empero, la nota no fue recibida en las oficinas de la Brigada Parlamentaria de La Paz (fs. 136).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- admitió
- a)
- i)
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. Las funciones y atribuciones del Órgano Legislativo
- La función legislativa de control y fiscalización
- Las funciones cuasi jurisdiccionales
- III.1.2. El papel de Ministerio Público del Órgano Legislativo
- investigación de los asuntos de interés nacional
- El interés nacional y el interés del Estado
- de orden pecuniario o moral
- III.2. Naturaleza jurídica de las Sociedades Cooperativas
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.4.