SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0813/2005-R
Fecha: 19-Jul-2005
II.1.
II.1. A raíz del memorando 0097/2004, de 24 de marzo, emitido por el comandante general de la Policía Nacional, Jairo Sanabria, mediante la hoja de trámite 1045/04, de 25 de marzo de 2004, emitido por la Dirección Nacional de Responsabilidad Profesional, se instruyó iniciar investigación contra el Carlos Quiroga Ramos, Mario Wilson Vaca Zelaya y Enrique Alemán Solis por diferentes irregularidades funcionarias (fs. 37-44), dictándose el 27 de septiembre de 2004 Auto inicial de proceso contra los referidos funcionarios por haber incurrido en las siguientes faltas: Enrique Alemán Soliz (recurrente) en las previsiones del art. 6 inc. “A” numerales 30 y 31; inc. “B” Nums. 4 y 20 e inc. “D” Num. 21; Mario Vaca Zelaya en el art. 6° inc. “A” numerales 14; inc. “B” numerales 20 e inc. “D” numerales. 15, 17 y 21, y el Carlos Quiroga Cuenca por el art. 6 inc. “B” numerales 16 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones, (fs. 49-50).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- del art. 6° inc. “A” numerales 30 y 31; inc. “B” numerales 4 y 20 e inc. “D” numeral 21 del citado Reglamento de Sanciones.
- III.2.
- III.2.1.
- del art. 6° inc. “A” numerales 30 y 31; inc. “B” numerales 4 y 20 e inc. “D” numeral 21 del Reglamento de Sanciones
- III.2.2.
- III.3.
- no se las consideraba por no reunir las condiciones y requisitos que deben tener en la comunicación epistolar toda correspondencia policial
- III.4.
- III.5.