SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0813/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0813/2005-R

Fecha: 19-Jul-2005

III.2.

III.2. Respecto a que el recurrente fue sometido a un proceso disciplinario policial: a) sin tomar en cuenta que la denuncia fue formulada en una simple fotocopia sin conocer la identidad del denunciante,  y b) sin considerar que sobre el mismo hecho recibió una llamada de atención verbal por el comandante Jairo Sanabria, lo que constituye una sanción disciplinaria, por lo que ya no podía prosperar la investigación, al existir doble sanción, corresponde realizar las siguientes precisiones: