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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0813/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0813/2005-R

    Fecha: 19-Jul-2005

    III.2.1.

    III.2.1.  Con relación al primer punto, el art. 70 del Reglamento de Faltas   Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional establece que el “objeto de los procesos disciplinarios es investigar, tramitar y resolver la conducta del funcionario de la Policía Nacional sobre los hechos que se le imputan”.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.1.
    • del art. 6° inc. “A” numerales 30 y 31; inc. “B” numerales 4 y 20 e inc. “D” numeral 21 del citado Reglamento de Sanciones.
    • III.2.
    • III.2.1.
    • del art. 6° inc. “A” numerales 30 y 31; inc. “B” numerales 4 y 20 e inc. “D” numeral 21 del Reglamento de Sanciones
    • III.2.2.
    • III.3.
    • no se las consideraba por no reunir las condiciones y requisitos que deben tener en la comunicación epistolar toda correspondencia policial
    • III.4.
    • III.5.

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