Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1203/2005-R
Fecha: 29-Sep-2005
recurso
En revisión, la Resolución de 9 de marzo de 2005, cursante de fs. 91 a 94, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Carlos Rómulo Corvera Rico contra Rolando Jiménez Sempertegui, Vocal de la Sala Civil Primera y Raúl Brañez Galindo, Vocal de la Sala Civil Segunda, ambos de la Corte Superior de Cochabamba, alegando la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica y a una remuneración justa, previstos en los arts. 5, 7 incs. a) y j) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- es condición esencial que el recurrente señale con precisión, como requisito de contenido del amparo constitucional, los valores supremos o principios fundamentales que en su criterio hubiesen sido desconocidos o vulnerados por la jurisdicción ordinaria al interpretar las normas de la legislación ordinaria
- Fragmento 20