SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2006-R

Fecha: 10-Ene-2006

II.1.

II.1.  El 18 de enero de 2005, el Plenario del Consejo de la Judicatura mediante acuerdo 023/2005, determinó introducir al Reglamento de la Carrera Judicial una disposición transitoria que dice: “Entretanto se de aplicación plena al Subsistema de Evaluación y Permanencia y se efectivice la evaluación del desempeño de los Jueces de Partido y Vocales, la designación de los Vocales de las Cortes de Distrito se efectuará previa convocatoria pública y abierta a Concurso de Méritos y Examen de Oposición” (fs. 40).