SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2006-R

Fecha: 10-Ene-2006

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución por la que declara improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) ya se tramitó otro recurso de amparo con referencia a la convocatoria; 2) los parámetros de evaluación, cuyos resultados deben registrarse en el Escalafón Judicial, aún no han sido establecidos; 3) José Antonio Revilla Martínez que confirió poder al recurrente, se ha postulado al cargo de Vocal consintiendo de manera libre y expresa la convocatoria que ahora impugna; 4) en la convocatoria objetada no existe prohibición alguna para que los jueces recurrentes puedan postularse al cargo de referencia; 5) el recurso de amparo constitucional anterior y el actual mencionan la convocatoria publicada en el periódico “Correo del Sur” de 20 de septiembre de 2004; 6) el acuerdo 23/2005, de 18 de enero introduce una disposición transitoria que autoriza efectuar una convocatoria pública y abierta.