SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2006-R

Fecha: 18-Ene-2006

II.6.

II.6.     El 1 de agosto de 2002, se celebró audiencia en la que la Jueza de acuerdo con lo expuesto por la parte civil y la Fiscal; y al no haber comparecido la procesada, decretó que la parte civil cumpla con el art. 250 del CPP.1972, a cuyo efecto dispuso que por secretaría se expida el edicto correspondiente, con lo que cursa formulario de notificación al abogado defensor de oficio del sumario, señalándose que se le notificó personalmente, pero no consta la firma del notificado (fs. 44 y 45 de la documentación complementaria).