SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0968/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0968/2006-R

Fecha: 03-Oct-2006

Fragmento 28

         De la relación de antecedentes se evidencia que los argumentos de los Vocales recurridos vulneran el derecho a la propiedad privada previsto en el art. 7 inc. i) y 22 de la CPE, tomando en cuenta que ninguna de las Resoluciones judiciales mencionó a Carlos Agustín Sánchez Vargas, ni al vendedor del inmueble, como procesados, condenados ni absueltos, simplemente tales personas  son ajenas al proceso penal en el que se incautó el inmueble durante la fase de investigación, dado que el Auto de Vista de 2 de septiembre de 2000 condenó a los procesados  Marco Marino Diodato del Gallo, Natale Armonio, Arturo Bejarano Domínguez, Grigot Villazón López y Félix Sosa Picanderai y confirmó en cuanto a la absolución de los demás procesados, ordenando la confiscación de los bienes incautados y de propiedad de los procesados condenados, y confirmando la orden de dejar sin efecto las medidas precautorias jurisdiccionales que se hubieran tomado en relación a los bienes de los absueltos en ejecución de sentencia, de lo que se tiene que en ninguna de esas situaciones resueltas se encuentra el recurrente Carlos Agustín Sánchez Vargas ni el vendedor del inmueble, pues las citadas Resoluciones judiciales no refieren en ningún momento que se hubiera afectado el bien de un tercero ajeno al proceso.