SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0968/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0968/2006-R

Fecha: 03-Oct-2006

II.9.

II.9. Por Auto de 4 de octubre de 2004, se rechazó la solicitud de devolución del inmueble presentada por el recurrente (fs. 125 a 127) con los siguientes fundamentos: 1. se constató que Carlos Agustín Sánchez Vargas, según el requerimiento fiscal de 18 de junio de 1999, fue investigado por delitos relativos a la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas pero no procesado por tales delitos por lo que no existe Sentencia condenatoria en su contra; 2. el inmueble fue adquirido el 28 de septiembre de 1998 mediante documento privado reconocido, e inscrito en Derechos Reales el 27 de septiembre de 2001, fecha posterior a la Sentencia dictada en el proceso penal contra Marco Marino Diodato del Gallo, la que habría adquirido calidad de cosa juzgada y que el referido inmueble se encontraba confiscado, “lo que prueba que por falta del título de propiedad Carlos Agustín Sánchez Vargas, como titular del derecho no ejerció oportunamente su reclamo de devolución del inmueble” (sic); 3. al encontrarse el inmueble confiscado por el Auto de Vista de 2 de septiembre de 2000 y el Auto Supremo que no modificó esa situación, ese Tribunal carecía de competencia para  ordenar la devolución del inmueble confiscado y pasado a poder de bienes del Estado.