SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0968/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0968/2006-R

Fecha: 03-Oct-2006

III.4

III.4  Posteriormente  el recurrente  Carlos  Agustín  Sánchez Vargas, una vez más, promovió nuevo incidente para la devolución del inmueble ubicado en el cuarto anillo s/n entre la  avenida Banzer y la radial 27 de la ciudad de Santa Cruz,  U.V. 62, manzana 30 lote número 2, superficie 386,80 m2, inscrito en Derechos Reales el 27 de septiembre de 2001 bajo la matrícula 7.01.1.990031475  incautado el 25 de febrero de 2000 (fs. 70 a 72 vta.) por el Ministerio Público durante la fase de investigación del proceso penal referido, lo que dio lugar a que el Tribunal Liquidador de Sustancias Controladas, mediante Auto de 29 de abril de 2005, ordene la devolución del inmueble. Apelada tal determinación por el Ministerio Público, los Vocales de la Sala Penal Segunda, ahora recurridos,  mediante Auto de Vista 82, de 19 de septiembre de 2005,  revocaron el Auto de 29 de abril de 2005, con el argumento que la supuesta adquisición del inmueble, si bien fue realizada el 28 de septiembre de 1998, la transferencia fue inscrita en Derechos Reales el 27 de septiembre de 2001, mientras que la incautación se produjo el 25 de febrero de 2000, y la confiscación el 2 de septiembre de 2000; en consecuencia, la inscripción se realizó  un año después de la incautación y tres años después de la supuesta compra.