SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0968/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0968/2006-R

Fecha: 03-Oct-2006

II.4.

II.4.  El 8 de enero de 2002, el recurrente solicitó al Juez Tercero de Ejecución Penal la devolución del inmueble ahora reclamado, reiterando  su petitorio el 5 de abril de 2002 (fs. 55 y vta.). El Juez, mediante Auto de la misma fecha, rechazó la solicitud de devolución del inmueble con el fundamento que el Auto Supremo no dispuso su devolución a Carlos Agustín Sánchez Vargas (fs. 56 y vta.).  Apelada tal determinación, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de Vista de 15 de diciembre de 2002, declaró inadmisible el recurso por defectos de forma en la presentación del recurso (fs. 57).