SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0968/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0968/2006-R

Fecha: 03-Oct-2006

improcedente

La Sentencia de 16 de diciembre de 2005, cursante de fs. 224 vta. a 226 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: a) que la SC 1111/2002-R, establece que las terceras personas que alegan ser ajenas al proceso no pueden solicitar la devolución de bienes confiscados cuando esa situación jurídica ya se encuentra definida por resolución ejecutoriada; la cosa juzgada es parte de la seguridad jurídica, resulta fundamental para garantizar los derechos de las personas; b) los Vocales recurridos no han violado ni transgredido ninguna de las disposiciones legales que invoca el recurrente en su demanda de referencia, vale decir el art. 7 incs. a) e i), los arts.  16.II y 22 de la CPE y; c) de los antecedentes se colige que el caso fue de conocimiento de la Corte Suprema de Justicia quien emitió el Auto Supremo de 3 de julio de 2001 que en su parte dispositiva no hizo ninguna referencia a la devolución del inmueble reclamado, a lo que se agrega que el recurso fue interpuesto fuera de los seis meses que establece la jurisprudencia constitucional.