Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1164/2006-R
Fecha: 20-Nov-2006
II.1.
II.1. Dentro del proceso de concurso necesario seguido por Aldo Héctor Hinojosa Crespo contra Antonio Pinto Claros y otros, que se tramita ante el Juzgado Tercero de Partido en lo Civil del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante memorial presentado el 11 de junio de 2005 (fs. 134 a 136), Edward Anthony Burke Pommier, se apersonó y solicitó inclusión del préstamo que otorgó al demandado. En el otrosí Primero, planteó recusación contra el Juez, quien por decreto de 13 de junio de 2005 (fs. 136 vta.), señaló que existe prueba que acredita la inexistencia de la filiación civil del presentante, por lo que ante la falta de legitimidad civil, declaró sin lugar al apersonamiento “por ahora”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Precisiones legales sobre el incidente de recusación
- Si fuere deducida contra un vocal, corresponderá su conocimiento por turno, a una de las salas de la Corte Superior de la que no forme parte el recusado
- IV.
- Fragmento 16
- III.2. Análisis de la presente problemática
- garantía de la aplicación objetiva de la Ley,
- ésta no fue considerada
- APRUEBA