SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1320/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Por lo anotado, interpone recurso de amparo constitucional contra Luis Revilla Herrero, Pablo Ramos, Gabriela Niño de Guzmán, Miguel Quispe, David Barrientos Zapata, Nicolasa Huallpara Aruquipa, Martín Rengel, Juana Alanoca, Rosario Aguilar Rodríguez, Jenny Cárdenas, Delia Villa de Soliz, Presidente y Concejales Municipales de La Paz, José Luis Paredes Muñoz, Prefecto del Departamento de La Paz, y Alejandro Zapata, Secretario General de la Prefectura de La Paz, solicitando sea declarado procedente, con costas y demás sanciones de ley, y se disponga la nulidad de las Resoluciones Municipales 44/2005 y 59/2005, emitidas por el Concejo Municipal, dejando sin efecto la destitución de su cargo de Consejera Departamental, y sea restituida a sus funciones.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Sobre la subsidiariedad invocada por la Corte de amparo
- designados por los concejales municipales
- Los Concejales Municipales, podrán revocar la designación de los Consejeros, por dos tercios de votos de sus miembros presentes
- se evidencia que la recurrente tuvo conocimiento desde el inicio del proceso de revocatoria de su mandato
- Fragmento 17
- , se ha seguido el proceso de revocatoria de mandato, conforme disponen las normas legales,
- APRUEBA