SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1327/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1327/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

recurso de

En revisión la Sentencia 01/2006, de 17 de marzo de 2006, cursante de fs. 83 a 84, pronunciada por el Juez de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia de la provincia José María Linares, Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Noemí Lanza Romay, Concejala Municipal de Caiza “D” contra Crisóstomo Cruz Tuco, Raúl Choque Delgado, Cresencia Uño Argandoña y Saturnino Coila Alacama, Alcalde Municipal, Presidente y Concejales titular y suplente, respectivamente, del Gobierno Municipal de Caiza “D”, alegandortOO la violación de la garantía del debido proceso, consagrada en el art. 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE), así como también la vulneración del “valor supremo de la justicia y de las garantías civiles y políticas, previstos por los arts. 1, 40, 41 y 42 de la CPE” (sic).