Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0236/2006-R
Fecha: 14-Mar-2006
II.1.4.
II.1.4. Por informe de 15 de febrero de 2005 (fs. 23 a 24 vta.), la Junta de Fiscales informó al Fiscal de Distrito sobre la vigencia del Acuerdo de Asunción sobre restitución de automotores, mereciendo el decreto de 22 de febrero de 2005 por el cual el Fiscal de Distrito dispuso el cumplimiento por los fiscales que trabajan en la Aduana, de la Resolución de la Junta de Fiscales y del Instructivo 036/2005 de la Fiscalía General de la República.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.1.
- 1.1.1.2.
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.1.
- II.1.4.
- II.1.5.
- II.1.6.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.2.4.
- II.2.6
- II.2.7
- II.2.8
- II.2.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 21
- III.1. Tratamiento de vehículos indocumentados
- III.2. Intervención del Ministerio Público
- la participación del Ministerio Público se limita al desarrollo del proceso penal en la respectiva etapa o fase procesal, sin que le corresponda ningún pronunciamiento respecto al trámite de nacionalización de vehículos, al ser ésa una facultad privativa de la Aduana Nacional,
- III.3. La problemática planteada
- absoluta competencia de la Aduana Nacional
- APROBAR