SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0237/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0237/2006-R

Fecha: 14-Mar-2006

III.1.

III.1.   En forma previa a ingresar al análisis de la problemática planteada, es menester aclarar que si bien la orden de apremio y la emisión del respectivo mandamiento se originan en el Auto de 26 de octubre de 2004 por el cual el Juez recurrido conminó a la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros efectuar el pago del monto condenado a favor de Raúl Bellido Velásquez al tercer día de su notificación, “bajo alternativa de ley”, y que la decisión fue motivo de un recurso de reposición y la concesión del recurso de apelación en el efecto devolutivo; no es menos cierto que dicho recurso no ofrece una tutela pronta, oportuna y eficaz para la protección del derecho a la libertad de locomoción del representado de los actores, pues teniendo en cuenta con efecto en el cual fue concedido el medio de impugnación, el mandamiento de apremio emitido contra Guillermo Aponte Reyes Ortiz, podrá ser ejecutado en su contra pese a existir una apelación contra la referida determinación, por lo que el recurso de hábeas corpus se constituye en el medio de defensa oportuno y eficaz para conocer la situación jurídica del representado de la parte actora referida al ejercicio de su derecho a la libre locomoción, que según se denuncia, estaría en riesgo debido a una persecución ilegal; por lo que corresponde ingresar al análisis de fondo del presente caso. Entendimiento asumido en la SC 1326/2005-R, de 21 de octubre.