SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0301/2006-R
Fecha: 29-Mar-2006
II.2.
II.2. A través del informe de 31 de marzo de 2005, elevado por Nilton Choque al Jefe de Departamento Contraloría y Estudios Reynaldo Gonzáles, le hizo conocer que el mes de marzo René Fiorilo, encargado de Equipajes y Encomiendas no le dio los dineros de la recaudación del día, aduciendo que sufrió un robo, cubriéndose el faltante con la venta de pasajes del día siguiente (fs. 7).
Mediante nota de la misma fecha dirigida al Jefe del Departamento de Contraloría y estudios el recurrente reconociendo que en un par de oportunidades no entregó los dineros por concepto de recaudación, debido a que sufrió un robo en su vivienda, pidió disculpas y solicitó comprensión, adjuntando al efecto una certificación de la denuncia que formuló ante la PTJ el 15 de marzo (fs. 8; 9 a 10).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- a)
- III.1.1. El carácter subsidiario del recurso de amparo constitucional
- III.1.2. Determinación de la existencia de vías legales de impugnación o reclamación en el caso que se analiza
- III.2. Aclaraciones necesarias para analizar la presente problemática
- III.3.
- Sobre la denuncia de la comisión del delito de allanamiento y despojo