Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0301/2006-R
Fecha: 29-Mar-2006
II.7.
II.7. A través del memorando JPS/100/04/05, de 8 de abril de 2005, el Gerente General de la empresa Ferroviaria Andina S.A. hace conocer al actor que por las irregularidades detectadas por Auditoría Interna y en aplicación del art. 16 inc. e) de la LGT, art. 9 incs. e) y g) de su Decreto Reglamentario y el art. 133 del inc. b) del Reglamento Interno, a partir de esa fecha quedaba cesante en sus funciones (fs. 16); con dicho memorando se notificó al referido el 11 del mismo mes y año (fs. 16).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- a)
- III.1.1. El carácter subsidiario del recurso de amparo constitucional
- III.1.2. Determinación de la existencia de vías legales de impugnación o reclamación en el caso que se analiza
- III.2. Aclaraciones necesarias para analizar la presente problemática
- III.3.
- Sobre la denuncia de la comisión del delito de allanamiento y despojo