Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0301/2006-R
Fecha: 29-Mar-2006
II.6.
II.6. Por memorando AL/002/2005, de 7 de abril de 2005, la asesora legal Cynthia Aramayo Aguilar y la Jefa de Recursos Humanos Alejandra Navarro recomendaron al Gerente General Eduardo Maclean Abaroa que en aplicación del art. 16 inc. e) de la Ley General del Trabajo, art. 9 incs. e) y g) de su Decreto Reglamentario y el art. 133 inc. b) del Reglamento Interno, se proceda con el despido de Roberth René Fiorilo Sivila al haber incurrido en una falta delictiva (fs. 12).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- a)
- III.1.1. El carácter subsidiario del recurso de amparo constitucional
- III.1.2. Determinación de la existencia de vías legales de impugnación o reclamación en el caso que se analiza
- III.2. Aclaraciones necesarias para analizar la presente problemática
- III.3.
- Sobre la denuncia de la comisión del delito de allanamiento y despojo