SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2006
Fecha: 05-Abr-2006
el sorteo fue efectuado el 21 de octubre de 2005
Tomando en cuenta ese marco normativo, se tiene que, en autos, el sorteo fue efectuado el 21 de octubre de 2005 -y no en “21 de noviembre de 2005”, como erróneamente sostiene el recurrente, que no ha demostrado de modo alguno la veracidad de esa afirmación- y la Resolución se emitió el 29 de octubre de 2005, es decir a los ocho días del sorteo, después que se venció el término que la ley concede para resolver este tipo de apelaciones, lo que implica a todas luces, que los vocales hoy recurridos perdieron competencia para pronunciar fallo en la alzada tantas veces mencionada, extremo que determina la nulidad de la Resolución A-259/2005, de 29 de octubre, conforme prevé el recurso directo de nulidad para casos como el ahora estudiado.
- recurso directo de nulidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- I.1.2 Autoridades recurridas y petitorio
- I.3. Alegaciones de la parte recurrida
- e)
- f)
- g)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Naturaleza del recurso directo de nulidad
- 1)
- ARTÍCULO 74º.- SORTEO EN LAS SALAS
- Sobre la supuesta nulidad del sorteo del expediente.
- se procedió al sorteo correspondiente para ser dilucidada la alzada, sin que la falta de firma de la Presidenta de Sala pueda dar lugar a la nulidad de ese acto
- III.2.2.
- SC 0044/2003
- dentro del plazo perentorio de seis días
- el sorteo fue efectuado el 21 de octubre de 2005
- FUNDADO en parte