SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2006-R

Fecha: 18-Abr-2006

a)

A través de su abogado la parte recurrente ratificó los términos del recurso y los amplió señalando que: a) el recurrido a título de ser representante de la comunidad dispone de propiedades que corresponden a terceras personas; b) en los antecedentes aportados como prueba de cargo consta la firma del recurrido en el voto resolutivo, quien de manera permanente viene haciendo uso y abuso de su condición de dirigente de la Central Campesina direccionando las decisiones que se adoptan dentro del seno de la comunidad al extremo de que no puede haber un secretario general al interior de la comunidad que no tenga su venia y cualquiera que se opone a él es considerado enemigo.