SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2006-R

Fecha: 18-Abr-2006

sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, es decir el agraviante,

La temática también ha sido ampliamente desarrollada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que ha señalado que para la procedencia del amparo constitucional, “es ineludible que el Recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, es decir el agraviante, así las SSCC  325/2001-R y  863/2001-R.