Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0566/2006-R
Fecha: 19-Jun-2006
II.1.
II.1. Dentro de la denuncia formulada por los representantes de FADES y el Banco Nacional de Bolivia S.A. contra los presuntos autores y cómplices de los delitos de falsedad ideológica y material y uso de instrumento falsificado, por cobro de la suma de Bs300.000.-, el Fiscal recurrido solicitó a la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal disponga mandamiento de allanamiento del inmueble ubicado en calle San Salvador 950 y Néstor Morales 1313 y 1339 de la zona de Miraflores de la ciudad de La Paz con facultades de requisa, secuestro y la aprehensión de Patricia Quiroga Fernández y Jorge Ríos (fs. 3).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petición
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- b) cuando concurren todas las circunstancias especiales previstas por el art. 226 CPP, procede la aprehensión directa sin previa citación personal de comparendo y aún cuando el recurrente se hubiese presentado cumpliendo con la citación. En este caso, inobjetablemente deberá dictar una resolución debidamente fundamentada, como lo exige la norma prevista por el art. 73 CPP, explicando los hechos que se ajustan a los alcances de dicho precepto, si no cumple con esa exigencia la aprehensión se tendrá por indebida aún cuando luego remita al detenido dentro del plazo legal ante la autoridad jurisdiccional competente”
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.3.
- III.4.
- III.5.