SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0707/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0707/2006-R

Fecha: 20-Jul-2006

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

El abogado de la recurrida Casilda Cuizara Marze se ratificó en el informe escrito que cursa a fs. 50 y vta., leído en audiencia, en el que señala que el 21 de septiembre el Presidente del Concejo Municipal, correcurrido, el Vicepresidente del Concejo Municipal y miembro de la Comisión de Ética, Emigdio Ayala Condori y el Asesor Legal del ente deliberante, le indujeron a firmar una suspensión del Alcalde Municipal, hoy recurrente, bajo presión, pues le indicaron que si no firmaba estaría cometiendo un delito por omisión. Aclaró que la Resolución de suspensión no fue redactada por ella y menos tratada por la Comisión de Ética; asimismo, los actuados del proceso administrativo interno siempre estuvieron en poder del Presidente del Concejo, Concejal correcurrido Emigdio Ayala y del Asesor Legal. Advertida del error, solicitó al Presidente del Concejo Municipal, así como a los demás Concejales que le entregasen el cuaderno procesal, pero le negaron y llegaron al extremo de controlarla y presionarla. Los reclamos presentados por el Alcalde Municipal para que la Comisión de Ética resuelva esa ilegalidad, le fueron ocultados y nunca fueron considerados. Por lo referido, solicitó que el amparo constitucional sea declarado procedente, declarándose nulas las actuaciones de la Comisión de Ética y el Auto de apertura del sumario interno, restituyéndose de inmediato a sus funciones al recurrente.